BASES ANTE NOTARIO
CAMPAÑA PROMOCIONAL
“PROMOCIÓN REFIERE A UN AMIGO”
Primero: Potenciales Beneficiarios y Definiciones.
Podrán participar y ser beneficiarios de esta campaña promocional todas aquellas personas, sean naturales o jurídicas, que, habiendo suscrito con anterioridad a la fecha de la presente Promoción o suscriban, a más tardar, al 29 de abril de 2020, una promesa de compraventa para adquirir alguno de los sitios del Proyecto, refieran a uno o varios amigos, en adelante denominados “Referido/s”, y que a su vez éstos firmen con posterioridad a esta fecha una promesa de compraventa por uno o más sitios del Proyecto.
Para los efectos de esta promoción se entiende por:
a) Cliente: Aquella persona natural o jurídica que haya suscrito una o más promesas de
compraventa con la Inmobiliaria hasta el día 29 de abril de 2020.
b) Referido: Una persona natural o jurídica distinta del Cliente, que firme promesa de compraventa por uno o más sitios en el Proyecto, producto de la recomendación que le hizo el Cliente, posterior al inicio de esta promoción.
b) Referido: Una persona natural o jurídica distinta del Cliente, que firme promesa de compraventa por uno o más sitios en el Proyecto, producto de la recomendación que le hizo el Cliente, posterior al inicio de esta promoción.
Segundo: Beneficios de la Promoción.
Los Beneficiarios de la Promoción tendrán derecho a recibir un descuento inmediato al precio pactado por la venta de su sitio en la promesa de compraventa que ha suscrito con la Inmobiliaria de 100 Unidades de Fomento. El descuento operará al momento de celebrar la compraventa mediante la aplicación del mencionado descuento directamente al precio.
Tercero: Carácter acumulativo del Beneficio.
El Beneficio será acumulativo con las limitaciones que se indican a continuación.
a) Limitaciones:
i. El descuento sólo podrá hacerse afectivo para un sitio del Beneficiario con independencia del número de Referidos que traiga.
ii. El Cliente puede referir a distintas personas y, si cumple las condiciones, podrá optar a un premio por cada sitio que un Referido prometa adquirir en el Proyecto con un límite máximo de descuento de 2.000 Unidades de Fomento, equivalente a 20 unidades del Proyecto.
iii. El descuento no es transferible, ni cedible y sólo puede ser aplicado para un sitio del Beneficiario.
iv. En caso de que 2 o más Clientes refieran a una misma persona, el descuento sólo será aplicable al Cliente que lo refirió primero.
b) Exclusiones:
ii. El Cliente puede referir a distintas personas y, si cumple las condiciones, podrá optar a un premio por cada sitio que un Referido prometa adquirir en el Proyecto con un límite máximo de descuento de 2.000 Unidades de Fomento, equivalente a 20 unidades del Proyecto.
iii. El descuento no es transferible, ni cedible y sólo puede ser aplicado para un sitio del Beneficiario.
iv. En caso de que 2 o más Clientes refieran a una misma persona, el descuento sólo será aplicable al Cliente que lo refirió primero.
i. Se excluye cualquier otro descuento o beneficio de otra promoción vigente, sea de
la Inmobiliaria o de otras compañías del grupo empresarial de Inmobiliaria Kant SpA.
ii. El Referido no puede ser el cónyuge ni una persona jurídica en la que tenga
participación el Cliente.
c) Vigencia de la Promoción: La presente Promoción se mantendrá vigente a partir de esta fecha hasta el 30 de abril de 2020.
Santiago, 22 de enero de 2020.